Contáctenos

SERVICIO A LA VIDA
MOVIMIENTO FUNDAR
GACETILLA NRO. 210

ABORTO: ANÁLISIS DE LOS PROYECTOS LEGISLATIVOS DE DESPENALIZACIÒN

Buenos Aires, 29/4/07 (SEVI).- En el Congreso de la Nación Argentina existen 17 proyectos legislativos vinculados con la despenalizaciòn del aborto. A continuación presentamos un sintético análisis de los mismos:

Abortos no punibles: Un primer grupo de proyectos procura la reglamentación de los casos actualmente existentes de abortos no punibles (art. 86 del Código Penal), en orden a su facilitación (Dip. Augsburger - Expte. 5453-D-06 y Dip. Marino, expte. 28-D-07, Sen. Isidoro Expte. 3220-S-06). Entre estos proyectos, algunos aprovechan la reglamentación para “ampliar” los casos que enumera el Código por vía interpretativa, incluyendo a la violación a la anencefalia como situaciones que afectan la vida o la salud de la madre. Estos proyectos están a consideración en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Abortos en embarazo proveniente de violación: Un segundo grupo de proyectos impulsa la despenalización del aborto en caso de embarazo proveniente de una violación (Acuña Kunz, 5225-D-06; Conti, 275-D-06; Marino, 29-d-07; Ibarra, 2950-S-06; Ibarra, 732-S-06, Giusti, 580-S-06; Giustiniani, 38-S-06).

Aborto en caso de anencefalia: Un tercer grupo de proyectos impulsa la inclusión de la anencefalia como causal de no punibilidad del aborto (De Brasi, 6610-D-06; Acuña Kunz, 5225-D-06; Conti, 275-D-06; Marino, 29-d-07; Ibarra, 2950-S-06; Ibarra, 732-S-06, Giusti, 580-S-06; Giustiniani, 38-S-06).

A petición de la madre: Un cuarto grupo de proyectos propone la despenalización a simple pedido de la madre, con un límite de tiempo de 12 semanas de gestación (Acuña Kunz, 5225-d-06; Ibarra, 2950-S-06) o 90 días (De Brasi, 6610-D-06). En vinculación con estas propuestas se ubican los que impulsan la derogación del art. 88 que penaliza a la mujer que provoca la muerte del niño por nacer (De Brasi, 6610-D-06 y 1337-D-06; Marino, 29-D-07; Giustiniani, 38-S-06).

Anticoncepción abortiva: finalmente, hay que mencionar el proyecto que impulsa la difusión masiva de la llamada “anticoncepción de emergencia”, que en realidad tiene efectos abortivos (Dip. Tate, 418-D-06).

Recordamos que hemos analizado en distintas oportunidades estas iniciativas y hemos fundamentado nuestra oposición a todos los supuestos de despenalización por violentar el derecho a la vida de la persona por nacer y legitimar un homicidio antes del nacimiento (ver gacetillas 184/06, 182/06, 164/0, 142/05, 137/05 y 131/05).

Esperamos que no prosperen estos proyectos, en línea con la reciente exhortación de la Conferencia Episcopal Argentina referida al compromiso ciudadano y las próximas elecciones. Allí nuestros Obispos señalan la importancia del tema de la vida, “don de Dios y el primero de los derechos humanos que debemos respetar. Corresponde que la preservemos desde el momento de la concepción y cuidemos su existencia y dignidad hasta su fin natural”.


Copyright © 2001-2007 Movimiento FUNDAR - Webmaster: webmaster@movimientofundar.org