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Gacetilla nro. 190/06

MUJER: DECLARACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA SOBRE EL PROTOCOLO FACULTATIVO

Buenos Aires, 15/11/06 (SEVI).- Las Comisiones de Relaciones Exteriores y Familia de la Cámara de Diputados de la Nación tratarían en el día de la fecha el proyecto de ley de ratificación del Protocolo Adicional de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En este sentido, la Facultad de Derecho, el Instituto de Bioética y el Instituto para el Matrimonio y la Familia de la Pontificia Universidad Católica Argentina emitieron una Declaración, que transcribimos a continuación:

ANTE UN PROTOCOLO QUE NO PROMUEVE A LA MUJER

Ante el inminente tratamiento por parte de la Cámara de Diputados de la Nación del “Protocolo Adicional de la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER” (CEDAW) la Facultad de Derecho, el Instituto de Matrimonio y Familia y el Instituto de Bioética de la Pontificia Universidad Católica Argentina quieren aportar algunas observaciones y reflexiones, llamando la atención sobre la inconstitucionalidad del mencionado instrumento internacional.

La promoción de la dignidad de la mujer debe ser un objetivo prioritario de las políticas públicas e implica el enaltecimiento de la mujer en todas sus dimensiones. Esta promoción es de tal entidad que no admite reducciones operadas por intereses creados, ya que “el espíritu de la Convención tiene su génesis en los objetivos de las Naciones Unidas: reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres” (CEDAW, Introducción).
Ahora bien, la ratificación del Protocolo Facultativo importa la ampliación de las facultades del Comité creado por el Artículo 17 de la CEDAW.

Los dictámenes de este Comité forzarían a la Argentina a adecuar sus políticas a sus directivas y recomendaciones. Esta vulneración de la soberanía, se operaría de dos formas: a) por control internacional de las políticas públicas nacionales, de las que el Estado debería rendir cuenta periódica y b) por “invitaciones” a adecuar la legislación y políticas públicas a las sugerencias del Comité.

El Comité es reconocido por su visión reduccionista de la mujer y violatoria de los derechos humanos en su visión integral. En sus recomendaciones ha inducido claramente a propiciar y facilitar el aborto en la Argentina (CEDAW/C/SR.660. 30-03-2005). En otras ocasiones ha sugerido vulnerar la libertad de conciencia (CEDAW/ A/53/38/Rev.1).

Estas últimas recomendaciones del Comité evidencian la voluntad de una legalización del aborto voluntario en nuestro país, violentando así el derecho a la vida que la Constitución Nacional y todo el ordenamiento jurídico reconocen desde el momento mismo de la concepción. La búsqueda del pleno reconocimiento de la dignidad y aportes de la mujer no puede ser instrumentalizada para legalizar un crimen, ni para otorgar poderes a organismos que bajo ciertas ideologías podrían llegar a vulnerar la soberanía nacional.

Por otra parte, consideramos que la ratificación del protocolo adicional no es obligatoria y fue hecha por apenas 63 de los 185 Estados suscriptores de la CEDAW. Debe llamar la atención que países como Estados Unidos, Alemania, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Australia, Canadá, Federación de Rusia, Grecia, Japón, entre otros, no ratificaron el protocolo facultativo.

El Estado Argentino se ha obligado a políticas de promoción de la igualdad de la mujer. Nosotros, como ciudadanos, renovando nuestro compromiso permanente en la defensa integral de la mujer contra cualquier tipo de discriminación, aspiramos a que el Estado continúe representando este ideal en la auténtica y plena vigencia del valor universal de todos los derechos humanos.

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2006

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