| |
FUNDAR
SERVICIO A LA VIDA
GACETILLA Nro. 119/05
EUTANASIA: EL DRAMÁTICO CASO DE TERRI SCHIAVO
Buenos Aires, 27/2/05 (SEVI).- El 25 de febrero de 2005 un juez de los Estados
Unidos hizo lugar a un pedido del Sr. Michael Schiavo para que el próximo
18 de marzo de 2005 se le deje de brindar nutrición e hidratación
por vías artificiales a su esposa, la paciente Therese Marie Schiavo,
conocida como Terri Schiavo.
Terri Schiavo sufrió un colapso en el año 1990 que la dejó
con una seria discapacidad. Terri responde a estímulos e interactúa
con el ambiente que la rodea, de modo que el caso no se encuadra en lo que
médicamente se conoce como estado vegetativo. Luego de largos años
de discusión judicial, actualmente se encuentra a consideración
la solicitud de Michael Schiavo, quien pidió la remoción de
la nutrición e hidratación que recibe Terri, mientras que sus
padres, Robert y Mary Schindler, se oponen a tal petición argumentando
que significaría el asesinato de una persona inocente.
Numerosas voces se levantan para defender la vida de Terri. El Cardenal Renato
Martino, Presidente del Pontificio Consejo de Justicia y Paz, expresó
la preocupación de la Santa Sede: “Si el señor Schiavo
lograra provocar legalmente la muerte de su mujer, no sólo sería
trágico en sí, sino que sería un grave paso hacia la
aprobación legal de la eutanasia en los Estados Unidos, dado el peso
que tienen las decisiones judiciales en ese país, en formación
del derecho”. En el mismo sentido, el Presidente de Vida Humana Internacional,
Rev. Thomas Euteneuer, llamó a orar por Terri y denunció que
este caso es utilizado por poderosos grupos que quieren sentar un precedente
en orden a la legalización de la eutanasia en los Estados Unidos.
Al tiempo que nos unimos en la oración por Terri, esperamos que las
resoluciones que se adopten defiendan la vida y bajo ninguna circunstancia
permitan actos que se dirigen a la eliminación de una persona humana.
La eutanasia que se intenta legalizar por vía de un precedente judicial
constituye un mal que no sólo afecta a la persona enferma y su familia,
sino que compromete las mismas bases de la convivencia social.
|